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Bases legales y condiciones de adhesión y venta | Ceuta Turística

BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN Y VENTA PROGRAMA BONO TURÍSTICO CEUTA

BASES LEGALES Y CONDICIONES DE ADHESIÓN Y VENTA PROGRAMA BUYBONO TURÍSTICO

CLÁUSULAS

OBJETO Y FINALIDAD DEL CONVENIO

El presente convenio tiene por objeto instrumentar el régimen de colaboración entre la Consejería de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte de la Ciudad Autónoma de Ceuta y la Cámara de Comercio de Ceuta, para la correcta ejecución de la subvención otorgada por la Secretaría de Estado de Comercio, perteneciente al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, de fecha 27 de diciembre de 2023, en el marco del PIDSE, Eje 1 “Nuevo Modelo Económico”, Objetivo 4 “Fortalecer el desarrollo de empresas y la generación de empleo”, Medida Estratégica “M21”, anualidad 2026.

A los efectos indicados, el presente convenio regula la subvención nominativa otorgada a la Cámara de Comercio de Ceuta en el Presupuesto General de la Ciudad de Ceuta, anualidad 2026, partida 48000/4330/005, denominada “Subvención Cámara de Comercio para el desarrollo del Programa Buy Bono comercial y turístico”, para la actuación “BUY BONO TURÍSTICO 2026”.

La Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta y la Ciudad Autónoma de Ceuta ponen en marcha el Programa BUYBONO TURÍSTICO 2026 para reactivar la economía de Ceuta, con el objetivo de ayudar tanto a empresas como a ciudadanos incentivando el consumo local.

PROYECTO SUBVENCIONABLE: “BUY BONOS TURÍSTICOS 2026”

Proyecto de bonos de descuento aplicados a compras realizadas por turistas en comercios adheridos, con el objetivo de reactivar la economía de Ceuta y sostener el tejido empresarial local.

CONCEPTOS Y DEFINICIONES

  • Entidad beneficiaria de la subvención: Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Ceuta, responsable de la ejecución operativa y de gestión del proyecto, incluyendo las obligaciones fiscales, las derivadas del RGPD y las establecidas en la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
  • Destinatarios últimos de la subvención: Turistas que adquieren el BuyBono Turístico 2026 y lo utilizan en comercios adheridos. La Cámara de Comercio de Ceuta actúa como entidad colaboradora conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la LGS.
  • Empresas adheridas: Entidades intermediarias que anticipan el importe de la subvención mediante la aplicación del 25% de descuento en las compras realizadas.

 

TIPO DE BONO MONEDERO

Se trata de un bono monedero recargable bonificado en un 25%, por lo que el cliente, por cada 10 euros pagará 7,5 euros, hasta un límite solicitado de 300 euros por el que pagará hasta 225 euros.

La emisión de bonos turísticos es limitada en función de los recursos disponibles. La recarga mínima es de 50€. El bono turístico no es reembolsable y podrá canjearse hasta el 30 de junio de 2026.

En esta edición, la Ciudad Autónoma de Ceuta aporta 55.000 euros, lo que permitirá un consumo total de 220.000 euros en la Ciudad.

ESTABLECIMIENTOS PARTICIPANTES

Podrán participar establecimientos de comercio encuadrados en los siguientes epígrafes del IAE:

644.1, 644.3, 645, 646.1, 646.8, 647.1, 651.1, 651.2, 651.3, 651.4, 651.5, 651.6, 651.7, 652.1, 652.2, 652.3, 652.4, 653.1, 653.2, 653.3, 653.5, 653.6, 653.9, 654.1, 654.2, 656, 657, 659.1, 659.2, 659.3, 659.4, 659.5, 659.6, 659.7, 659.9, 662.2

Los establecimientos declaran cumplir los requisitos exigidos, estar dados de alta en el IAE en 2026 y subir a la plataforma la factura o ticket correspondiente a cada canjeo. El incumplimiento podrá suponer la expulsión del programa y la reclamación de los importes abonados.

REQUISITOS Y ESPECIFICACIONES PARA ESTABLECIMIENTOS

  • Será obligatorio introducir el ID del ticket y subir la imagen de la factura o ticket correctamente cumplimentada.
  • El consumidor deberá presentar físicamente su DNI. En caso contrario, el establecimiento deberá negarse al canje.
  • El bono podrá canjearse hasta un máximo de 300€ por monedero. No se devolverá dinero en efectivo.
  • El bono será compatible con descuentos, ofertas o rebajas del establecimiento.
  • Se podrán acumular bonos de varias personas hasta un máximo de 900€, presentando DNI/NIE.
  • El plazo de canje será del 02 de febrero de 2026 al 30 de junio de 2026.
  • Los establecimientos solo podrán realizar ventas de PRODUCTOS. Cualquier venta de servicios o medicamentos no será abonada.
    Ejemplo: se permiten productos de parafarmacia o artículos físicos, pero no tratamientos, experiencias, reservas ni medicamentos.

DATOS PARA EL REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS

  • Correo electrónico y contraseña
  • Nombre y apellidos
  • Teléfono de contacto
  • País
  • Nombre del establecimiento y razón social
  • Sector y epígrafe IAE
  • Logotipo (opcional)
  • Dirección y código postal
  • Ficha IAE

El tratamiento de los datos tendrá como finalidad la correcta gestión del programa BuyBono Turístico 2026.

PROCESO DE CANJEO PARA ESTABLECIMIENTOS

El canjeo podrá realizarse mediante la App BUYBONO o a través de la web, accediendo al área privada del establecimiento y siguiendo los pasos indicados: introducción del DNI del consumidor, código QR o alfanumérico, ID del ticket, importe total y subida de la factura o ticket.

REQUISITOS PARA CONSUMIDORES

  • Ser mayor de 18 años y titular de DNI/NIE.
  • No tener deudas con AEAT, TGSS u OASTCE.
  • Aceptar las bases legales y la política de privacidad.
  • Conocer que el bono no es reembolsable una vez finalizada la campaña.

ESPECIFICACIONES PARA CONSUMIDORES

  • El bono tendrá un límite de 300€ por persona.
  • El bono se canjeará mediante código QR y presentación de DNI.
  • El plazo máximo de canje será el 30 de junio de 2026.

PROCESO DE ADQUISICIÓN DEL BONO

El consumidor deberá registrarse en la web turismo-consumo.camaradeceuta.es, recargar su monedero y generar el código QR para su uso en establecimientos adheridos.

PROCEDIMIENTO PARA ADQUIRIR LOS BONOS POR LOS TURISTAS

  • El turista deberá crear previamente su identidad digital en la plataforma CEUTA ID (iOS y Android).
  • Una vez creada la identidad, deberá verificarla en la web oficial del programa https://turismo-consumo.camaradeceuta.es/.
  • Tras la verificación, podrá acceder a la aplicación móvil BuyBono y recargar su monedero (mínimo 50 € y máximo 300 € por DNI/pasaporte).
  • Desde la APP podrá generar su bono en formato código QR por el importe deseado y presentarlo en el establecimiento adherido para su canje.
  • La participación requiere la inscripción y aceptación de un formulario habilitado en la web.
  • El plazo de canje será hasta el 30 de junio de 2026, siendo compatible con descuentos u ofertas del establecimiento.
  • El acceso a los bonos será por orden cronológico hasta agotar el crédito disponible.
  • Los bonos estarán asociados a un DNI/Pasaporte y deberán presentarse antes del pago.
  • El 75% del valor del bono lo aportará el consumidor y el 25% restante se financiará con la subvención nominativa.
  • La Cámara de Comercio abonará a los establecimientos el importe de los bonos canjeados.
  • El importe bonificado de bonos no canjeados deberá reintegrarse a la Ciudad Autónoma de Ceuta.
  • La subvención del transporte de ida y vuelta en barco por 16 € será aplicable por cada recarga (transacción), siempre que sea de al menos 50 €.
  • Está terminantemente prohibida la compra de tarjetas de saldo, tarjetas prepago, servicios o cualquier concepto que no sea PRODUCTO. Las operaciones incumplidoras no serán válidas ni abonadas.

REQUISITOS PARA LOS DESTINATARIOS ÚLTIMOS

  • Ser mayor de 18 años.
  • No estar incurso en prohibiciones del art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones.
  • Estar al corriente con AEAT, TGSS y Hacienda Regional.
  • Aceptar las presentes bases.
  • Límite máximo de bonos: 300 € por persona.
  • Posibilidad de acumular bonos en una compra hasta 900 €.
  • No se devolverá en metálico el importe del bono en caso de devolución.
  • Los bonos no admiten desistimiento ni devolución.
  • Se prohíbe el uso fraudulento, pudiendo derivar en sanciones.

SUSPENSIÓN O CANCELACIÓN

La Ciudad Autónoma de Ceuta y la Cámara de Comercio de Ceuta podrán suspender o cancelar el programa por motivos de seguridad, uso fraudulento, mantenimiento del servicio o incumplimiento de las bases.

Para cualquier duda o incidencia puede contactar en el 956 129 599 / 685 608 110 o en buybonoturistico@camaradeceuta.es.

NATURALEZA JURÍDICA Y JURISDICCIÓN

El presente convenio tiene naturaleza administrativa. Las cuestiones litigiosas se someterán a la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El texto ha sido recogido del convenio original y es fiel a su contenido.


Establecimientos adheridos

Consulta aquí los establecimientos adheridos al programa Bono Monedero

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